domingo, 11 de dezembro de 2016

La ley ratifica el derecho de un escritor a ser olvidado

El almacén de los libros olvidados, en Isla (Cantabria)

Escrito por ALEJANDRO GAMERO

Desde hace unos años se viene planteando, sobre todo a raíz de las búsquedas de Google, un debate en torno al «derecho a ser olvidado». Finalmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ratificaba ese derecho y en mayo de 2014 dictaminaba que Google debía permitir a los usuarios elegir si alguna parte de su información podía ser eliminada de los resultados de búsqueda. Pero cuando eres escritor y tienes alguna novela completamente descatalogada, ni distribuida, ni publicada ni disponible en formato digital, la cuestión se puede complicar un poco, sobre todo si por medio se meten sociedades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.
SOFIA es en Francia el equivalente a CEDRO en España, es decir, es la sociedad que gestiona esos derechos en libros, revistas o periódicos, entre otros documentos. Desde 2005 tiene la autorización del Ministerio de Cultura francés para administrar el derecho de préstamo, desde 2009 gestiona parte de la remuneración de la copia privada digital y desde 2013 está autorizado para gestionar la explotación de los libros no disponibles. Haciendo uso de esta competencia, comenzó a recopilar todas las obras publicadas antes del 1 de enero de 2001 que ya no estuvieran comercializadas, que fueran imposibles de encontrar en ninguna parte, para recuperarlas y que pudieran ser reproducidas y comercializadas en formato digital. Sin embargo, dos autores franceses anónimos no estaban de acuerdo con la ordenanza que permitía esta prerrogativa porque consideraban que violaba la directiva de derechos de autor de la Unión Europea, al no proporcionar a los escritores de esos libros los suficientes recursos para controlar su trabajo.
Ahora el Tribunal Europeo de Justicia ha dictaminado una sentencia que le da la razón a esos autores: es el escritor quien tiene el derecho a que sus libros se olviden o a resucitarlos, en caso de considerarlo oportuno. Hay una diferencia bastante significativa de esta situación con respecto al derecho al olvido relacionado con las búsquedas de Google. En este caso se trata de permitir que sea el autor quien tenga el control artístico y la autonomía de su trabajo, amparado por un marco legislativo. El Tribunal reconoció que la labor de SOFIA tiene un «interés cultural» significativo, pero al mismo tiempo confirma que es al autor propiamente al que le corresponde esa decisión.
La discusión sigue abierta y tiene complejas consecuencias. ¿Qué hubiera pasado si se hubiera respetado la decisión de Juan Ramón Jiménez de destruir sus primeros libros? El poeta de Moguer se avergonzaba de sus excesivamente modernistas Almas de violeta y Ninfeas ‒tan modernistas que estaban impresos en tinta morada‒, y en su momento trató de destruir la única edición que existía de esas obras libro por libro, razón por la cual hoy quedan tan pocos ejemplares de esa primera tirada. Un debate, el de a quién pertenecen las novelas de un autor, que puede incluso extenderse a los libros inacabados o a los casos en los que los escritores intentaron destruir o destruyeron sus propias obras. De cualquier modo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea hace que los libros estén menos expuestos a intereses económicos y comerciales ajenos a sus autores.

[Fuente: www.lapiedradesisifo.com]

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