quinta-feira, 30 de julho de 2020

¿Tenemos una Política Nacional de Cultura adecuada a nuestra realidad?



Cuando la organización nacional de mujeres indígenas Onamiap pidió la consulta previa de la propuesta de Política Nacional de Cultura al 2030, el Ministerio de Cultura (Mincu) respondió que dicha iniciativa no tenía «previsto incidir de manera específica en la situación jurídica o el ejercicio de derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios».

Es por ese motivo que el Ministerio de Cultura –entonces presidido por Sonia Guillén– y la actual viceministra de Interculturalidad Angela Acevedo respondieron como sector de forma negativa a la solicitud.

El resultado fue la promulgación del Decreto Supremo N° 09-2020-MC de 20 de julio que aprueba oficialmente la Política Nacional de Cultura al 2030 y que fue destacada por el presidente de la República como un «legado cultural para las nuevas generaciones».

El gobierno presentó la política como un gran avance al ser «la primera Política Nacional de Cultura en la historia del Perú», y que orientará e integrará durante los próximos diez años la intervención del Estado en materia cultural.

La publicación en línea de 249 páginas –incluyendo tablas y anexos– se presenta así como un instrumento de obligatorio cumplimiento para todos los niveles de gobierno.

Según la nota oficial, la política se articula con el mandato de las políticas de Estado del Acuerdo Nacional, con los ejes y lineamientos de la Política General de Gobierno al 2021, y con las demás políticas nacionales.



Preguntas de fondo

Dados los problemas estructurales del Perú, ¿es posible una Política Nacional de Cultura de cara al futuro que no incida en la situación jurídica y en el ejercicio de derechos colectivos de los pueblos indígenas?

¿Servirá o será útil «una» política de «Cultura» aprobada por decreto, sin consulta previa ni la participación de los pueblos indígenas en su elaboración? ¿Cuál es la visión de los pueblos indígenas que subyace en la política aprobada?

Uno de los considerandos del decreto que aprueba la política nos acerca a la respuesta cuando define que el Perú:

«Es un país pluricultural y multiétnico que alberga en su territorio individuos y grupos humanos diversos, heterogéneos socioculturalmente, que en su multiplicidad e interacción en sociedad, tanto de los que coexisten y de aquellos que coexistieron, han generado numerosas manifestaciones culturales».

Obviamente, hay aquí un sesgo que invisibiliza a los pueblos como sujetos colectivos de derechos, y se acentúa la dimensión individual del «derecho ciudadano» a la cultura y a la «diversidad cultural».

Es bajo esta mirada que se enfatiza el acceso a los bienes culturales y a la promoción de las industrias culturales como esferas disociadas y desprovistas de su base identitaria como pueblos reales, activos y con derechos colectivos.

Condición deseada

La Política Nacional de Cultura al año 2030 define como condición deseada reconocer nuestras diferentes identidades culturales y valorarlas en un marco de igualdad, donde el porcentaje de la población que se sienta discriminada se reduzca por debajo del 5%.

¿Será posible reconocer y valorar las identidades culturales así como reducir la discriminación sin implementar avances sustanciales en el ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos originarios? Para quienes han elaborado la política pareciera que sí.

Situación futura deseada de la Política Nacional de Cultura al 2030

«Al 2030, en nuestro país, las personas conocen, respetan y ejercen sus derechos culturales en todo el territorio nacional en el marco de una ciudadanía y una democracia intercultural.

Reconocemos nuestras diferentes identidades culturales y valoramos nuestra diversidad en un marco de igualdad, donde el porcentaje de población que se ha sentido discriminada se reduce por debajo del 5%.

Contamos con un ecosistema cultural sostenible para el desarrollo de las artes e industrias culturales y creativas. Creamos, producimos y participamos de actividades, bienes y servicios artístico - culturales diversos, en igualdad de oportunidades y sin discriminación en todo el territorio nacional. Al 2030, el porcentaje de participación de la población en un servicio y/o bien cultural al menos una vez al año, es mayor a 70%.

Contamos con una gestión integrada de nuestro patrimonio cultural material e inmaterial para su protección y salvaguardia. Los ciudadanos y ciudadanas tienen acceso, valoración, transmisión y uso social de manera sostenible, en igualdad de oportunidades y sin discriminación. Esto se manifiesta en que el porcentaje de la población que visitó al menos un patrimonio cultural con la finalidad de apreciarlo alguna vez en el año, es mayor al 50%.

Juntos, hemos logrado el desarrollo de un sistema sostenible de gobernanza en el sector cultura. El Ministerio de Cultura se posiciona como ente rector de las políticas culturales con un accionar ético, transparente, eficaz, eficiente y moderno en todo el territorio nacional. Se fortalecen los mecanismos de articulación intersectorial e intergubernamental, así como los mecanismos de participación de la sociedad civil y el sector privado en el desarrollo de las políticas culturales.»




Cuestionamiento de Onamiap


La Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (Onamiap) cuestiona que la Política Nacional de Cultura al 2030 se haya aprobado sin la consulta previa a los pueblos indígenas.

Recuerda que el 20 de setiembre de 2019 solicitaron al Ministerio de Cultura implementar la consulta previa a los pueblos indígenas conforme a los estándares del Convenio 169° de la OIT.

Indican que el 14 de octubre el Mincu respondió que la propuesta de Política no tenía “previsto incidir de manera específica en la situación jurídica o el ejercicio de derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios”.

El 8 de noviembre Onamiap reiteró la petición recibiendo la misma negativa por parte del Ministerio de Cultura hasta en dos ocasiones más.

Onamiap argumenta que la citada política «contempla medidas susceptibles de afectarnos a los pueblos indígenas». Es el caso del primer Objetivo Prioritario que contempla hasta tres lineamientos que afectan directamente a los pueblos indígenas.




Parcialidad latente

Onamiap advierte además el peligro que representa que sea el mismo Ministerio de Cultura, ente rector en materia indígena y quien tiene a su cargo «debida implementación del derecho a la consulta previa» quien haya negado este derecho.

«Se evidencia así, cómo el ente designado desde el Estado para proteger nuestros derechos constitucionales los desconoce y nos impide ejercerlos», afirma Onamiap.


[Fuente: www.servindi.org]


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