segunda-feira, 18 de junho de 2018

El convenio discriminatorio

El caso de Lucena no tiene mucho recorrido legal, pero sí desde el punto de vista lingüístico

Una mujer recoge aceitunas en una finca de la localidad sevillana de Umbrete.

Escrito por ÁLEX GRIJELMO

Una empresa aceitera de Lucena (Córdoba) ha rechazado abonar unos atrasos a sus trabajadoras porque el convenio habla de “los trabajadores” y no de “los trabajadores y las trabajadoras”.

En efecto, si partiésemos (como hace la empresa) de que el genérico masculino no incluye a las mujeres, y de que por tanto hace falta la duplicación, un convenio que hable de “los trabajadores” se referiría sólo a los varones.

Desde el punto de vista legal (pues está consagrada la igualdad de sexos en la Constitución), el caso no tiene recorrido. Pero cabe analizarlo desde el punto de vista lingüístico.

El hecho de que el masculino genérico coincida en su expresión literal con el masculino a secas puede verse como una deficiencia del sistema de la lengua… si prescindimos del contexto (que es imprescindible).

Una expresión como “mis hermanos vienen esta tarde” será ambigua si no sabemos el sexo de esos hermanos; pero no si estamos informados de que se trata de un hombre y una mujer. Porque “no se debe confundir ausencia con invisibilidad” (Enriqueta García Pascual y Aguasvivas Catalá, 1995). Y en el caso de que carezcamos de más detalles, el hablante puede decir “mi hermano y mi hermana vienen esta tarde”, mediante una duplicación pertinente si el sexo de los hermanos es relevante en esa situación.

Lo mismo sucede con la locución “Consejo de Ministros”. Si ignoramos que el Gobierno español está formado por más mujeres que hombres, la activación de la idea de la mujer puede ser tenue ante el genérico “ministros”. Si conocemos la realidad, en cambio, la activación es notable gracias al contexto compartido. (Eso no desacredita, por supuesto, las razones políticas o comunicativas de quien desee decir legítimamente “Consejo de Ministras y Ministros”; pero no se tratará ya de una necesidad gramatical y de pragmática lingüística: no estaremos ante una expresión denotativa, sino connotativa).

Analizar el lenguaje sin considerar los contextos equivale a poner las palabras en un microscopio y ver solamente sus letras. Un microbio a solas ante la lente del científico no es ni bueno ni malo, porque ahí ni activa ni desactiva nada. El análisis importante para la comunicación es por tanto qué papel cumple ese microbio en sociedad.

Podemos aislar la palabra “mesa” y aceptar la representación mental que implica. Ahora bien, la locución “esa mesa” no significa lo mismo si la pronunciamos en la oficina que si lo hacemos en casa. El significante “mesa” es idéntico, pero no la idea que nos formamos en cada caso. De ese mismo modo habría que considerar la expresión “los trabajadores”.

Así pues, aunque el genérico no ofrece problemas ante un contexto compartido, sí puede causar ambigüedad o invisibilidad de la mujer en otras situaciones. En esos casos, la duplicación es necesaria.

El absurdo episodio de la fábrica cordobesa sirve pues, a efectos sólo dialécticos, como ejemplo de que muchas expresiones carecen de sentido o son manipulables si no se aplican a una situación real. Si se sabe que la plantilla de una empresa está formada por hombres y mujeres, el contexto influye en el sentido que damos a ese masculino genérico. Porque la invisibilidad que se produce en el significante no afecta al significado, en el que casi siempre influye la realidad que comparten quienes se comunican.


Por todo ello, el convenio de esa empresa aceitera de Lucena debe aplicarse también a las trabajadoras. Eso es lo que en realidad dice su texto.


[Foto:  - fuente: www.elpais.com]

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