Amnistía Internacional
publicó un informe en el que detalla cinco puntos donde establece que el
Estado español, a través de sus tres poderes, no investiga crímenes del
franquismo, no coopera con investigaciones extranjeras e incluso
obstaculiza las mismas.
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Memorial Víctimas del franquismo en Cuenca |
Sintetizadas las acciones (o inacciones) estatales en torno a la
justicia, la verdad y la reparación de las víctimas del franquismo y sus
familiares, AI analiza en el informe 'El tiempo pasa, la impunidad
permanece' que éstas van dirigidas a no facilitar ni propiciar la
investigación de los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo y a
'garantizar su impunidad', informó este lunes el diario digital
Público.es
'La impunidad ha dejado a las víctimas de crímenes de Derecho
Internacional en una situación de completa indefensión', sostuvo Esteban
Beltrán, director AI en España.
'En España hemos pasado de una situación de olvido en 2005 a
situación de obstaculización en la actualidad. Es decir, hemos empeorado
sustancialmente', subrayó.
El autor del informe, Ignacio Jovtis, señaló que: 'Todas las
denuncias presentadas por víctimas de la dictadura y la Guerra Civil en
España a las que Amnistía Internacional ha tenido acceso han sido
archivadas. De las 47 investigaciones abiertas desde 2008, 38 han sido
archivadas y de las otras 9 no hemos recibido la información solicitada a
las instituciones públicas'.
En el documento, Jovtis apunta a la actuación de los tres poderes del
Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) en relación a la
investigación de los crímenes del franquismo. En especial, el informe
habla de cinco 'favores' que las instituciones españolas han realizado
recientemente, por activa o por pasiva, para evitar que los crímenes del
franquismo sean investigados.
Público.es sintetiza los cinco 'favores':
1. No colaboración e intromisión del Gobierno
La ONG denuncia que Exteriores está obstaculizando la investigación argentina
El Gobierno del Partido Popular no colabora con la investigación
llevada a cabo por la Justicia argentina en relación a la causa abierta
por los delitos de crímenes de lesa humanidad y/o genocidio cometidos
por la dictadura franquista. En este sentido, Ignacio Jovtis ha
denunciado la actuación del ministerio de Asuntos Exteriores para evitar
que víctimas de la represión franquista declararan mediante
videoconferencia ante la Justicia argentina.
El ocho de mayo, día en el que estaba prevista la declaración, un
alto cargo del Ministerio se puso en contacto con el embajador de
Argentina en España para que suspendiera las videoconferencias. La
presión surtió el efecto deseado y el embajador telefoneó a la juez
María Servini para que cancelara las declaraciones minutos antes de su
inicio. "El Gobierno no sólo no colabora sino que obstaculiza las
investigaciones que llevan a cabo otros países, como en este caso
Argentina", denuncia Jovtis.
2. Una Justicia que no investiga
Después de que en 2008 la Audiencia Nacional declinara sus
competencias en favor de los distintos juzgados territoriales para
investigar los crímenes del franquismo, 38 de las 47 demandas han sido
archivadas. De las nueve restantes, AI no ha recibido información por
parte de las instituciones españolas. "Esta es una tendencia que ya
identificamos en 2012, pero que se ha profundizado con la sentencia del
Tribunal Supremo (TS) sobre Baltasar Garzón, que cierra la puerta a la
investigación de crímenes contra el Derecho Internacional en España",
asegura Jovtis.
38 de las 47 demandas presentadas por las víctimas han sido archivadas
En este sentido, el investigador de AI contrarresta los cuatro
argumentos fundamentales utilizados por el Tribunal Supremo para
concluir en su sentencia de febrero de 2012 que los jueces españoles no
deben investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo.
"Creemos que todos ellos son contrarios al Derecho Internacional",
asegura Jovtis.
Así, AI considera, en primer lugar, que los crímenes cometidos
contra el derecho internacional sí estaban vigentes cuando fueron
cometidos en España durante la Guerra Civil y la dictadura; que los
crímenes nunca prescriben, ya que se trata de crímenes de derecho
internacional; que a pesar de haber fallecido los responsables de los
mismos, los Estados tienen la obligación absoluta de investigar y de
garantizar el derecho a la verdad, justicia y reparación de las víctimas, por muchos años que transcurran; y, por último, que la Ley de Amnistía
de 1977 no puede servir para garantizar la impunidad de crímenes de
derecho internacional.
3. Una Fiscalía que facilita afirmaciones falsas
La Fiscalía ha proporcionado a la Justicia argentina
informaciones falsas, según AI, la Justicia argentina ha solicitado en
dos ocasiones información a la Fiscalía General del Estado en relación a
la investigación que está llevando a cabo por los crímenes del
franquismo. En opinión de AI, en las dos ocasiones la Fiscalía ha
facilitado a la Justicia argentina informaciones "falsas y contrarias al
derecho internacional".
Estas informaciones falsas corresponde a las afirmaciones de la
Fiscalía, que aseguran que España está investigando los crímenes del
franquismo y que España tiene preferencia para ello, y solicita a
Argentina que remita los expedientes para que la Justicia española se
haga cargo de la investigación. "AI quiere dejar claro que en
investigaciones de crímenes de lesa humanidad la jurisdicción es
concurrente y no preferente", asegura Jovtis. Es decir, cualquier
sistema judicial que reconoce el principio de Justicia universal puede
hacerse cargo de las investigaciones.
4. No adhesión a la Convención sobre imprescriptibilidad
AI insta al Gobierno a dar pronto su autorización a la Convención. La pasada legislatura el Gobierno se comprometió a ratificar la
'Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de
los Crímenes de Lesa Humanidad'. Sin embargo, en respuesta parlamentaria
por escrito al portavoz parlamentario de Izquierda Unida, José Luis
Centella, el actual Ejecutivo señala que durante "el proceso de
análisis" de la Convención "se suscitó la posibilidad de que ciertas
medidas de la Convención pudieran ser contrarias al principio de
irretroactividad de la ley penal".
Por tanto, asegura el Gobierno, "el análisis sobre la posible
adhesión de España a este instrumento sigue su curso actualmente". No
obstante, desde AI se insta al Gobierno a dar su autorización con
"prontitud" a esta Convención, que ya ha sido ratificado numerosos
Estados democráticos.
5. Mantenimiento de la Ley de Amnistía de 1977
"Una ley interna no puede servir de base para garantizar la
impunidad de los crímenes". La ONU ha solicitado a España en diversas
ocasiones la derogación de la Ley de Amnistía de 1977. La última vez fue
en febrero de 2012, cuando el portavoz de la Alta Comisaria de Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, Rupert Colville, señaló que España
estaba obligada a derogar dicha ley y a investigar las "graves
violaciones contra los derechos humanos del pasado, incluidas aquellas
cometidas durante el régimen de Franco, y perseguir y castigar a los
responsables, si es que alguno vive aún".
En este sentido, AI recuerda al Estado español que la aplicación
de amnistías a los crímenes de derecho internacional vulnera tanto el
derecho a un recurso efectivo del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos como la imposibilidad para un Estado de invocar
disposiciones de su derecho interno como justificación del
incumplimiento de un tratado internacional. "En ningún caso, una ley
interna puede servir de base para garantizar la impunidad de crímenes de
derecho internacional", sentencia Jovtis.
[Fuente: www.uypress.net]
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